JUECES DE LA PRIMERA SALA LABORAL RESPALDAN DERECHO A LA INVIOLABILIDAD DE LAS COMUNICACIONES Y ORDENAN REINCORPORACIÓN DE TRABAJADORA
Empleador revisó whatsapp de trabajadora luego la despidió JUECES DE LA PRIMERA SALA LABORAL RESPALDAN DERECHO A LA INVIOLABILIDAD DE LAS COMUNICACIONES Y ORDENAN REINCORPORACIÓN DE TRABAJADORA El colegiado de la Primera Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Junín integrada por los jueces Dr. Timoteo Cristoval De la Cruz, Dr. Eduardo Uriol Asto y Dr. Ivan Villarreal Balbin, ordenaron la reposición de una trabajadora que fue despedida luego que su empleador revisara su whatsApp, que contenía conversaciones con terceros. Según los actuados, Erika Mayta Camarena, quien se desempeñaba como asistente de asuntos académicos de la universidad Franklin Roosevelt S.A.C, fue despedida por su empleadora utilizando el contenido de los mensajes del whatsApp, vulnerando así su derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones. La demandante, denunció el hecho fundamentando que el empleador no puede acceder al contenido de una conversación privada del trabajador sin su consentimiento y tampoco puede utilizar esta información como prueba para el procedimiento de despido, porque ésta se constituye en una prueba prohibida. Ella se fundamentó en el artículo 2, numeral 10 de la Constitución Política del Perú que alberga el derecho constitucional al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones. En primera instancia la sentencia fue declarada infundada, la misma que fue apelada siendo trasladada a la Primera Sala Laboral que en vista de la causa y luego del análisis del caso y atendiendo los argumentos de apelación, emitió la decisión, en el Expediente N° 00474-2024-0-1501-JR-LA-03. El Colegiado en ejercicio a las facultades conferidas por la Constitución, al haber acreditado que el despido producido contra la trabajadora fue con vulneración al derecho a la inviolabilidad de comunicaciones, revocó la sentencia de primera instancia que declara infundada la demanda, reformándola declararon fundada la demanda. En consecuencia, ordenaron a la demandada cumpla con reponer a Erika Mayta Camarena en el cargo de asistente de asuntos académicos u otro de similar nivel o categoría y condenaron a la demandada universidad Franklin Roosevelt al pago de costos y costas procesales. Huancayo, 27 de agosto de 2024.